El plazo para declarar un siniestro y cobrar las indemnizaciones es de un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o a partir de la muerte del accidentado, según el caso.
Las indemnizaciones por incapacidad permanente, el plazo de prescripción se contará desde la fecha de emisión del certificado médico que, en conformidad al Artículo 28 de la Ley Nº 18.490, expida el médico tratante, el cual no podrá presentarse luego de transcurridos dos años desde la fecha del accidente.
Causas de rechazo de siniestro
- Accidentes causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
- Accidentes ocurridos fuera del territorio nacional.
- Accidentes ocurridos como consecuencia de guerra, sismos, y otros casos fortuitos enteramente extraños a la circulación del vehículo. y
- Suicidio y todo tipo de lesiones auto inferidas.